Fondo Mutual Sumate
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Fondo Mutual Cuidarte
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Fondo Mual vital
Fondo Mual vital
SERVICIO EXEQUIAL
El Fondo Mutual Sumas es un Servicio Exequial organizado por BANCAMUTUALS para sus asociados, que tiene por finalidad buscar la previsión en caso de fallecimiento del Asociado y de su grupo familiar. Este servicio exequial se presta en convenio con el proveedor proteger, dueño de la marca RECORDAR.
Recuerde que, para utilizar los servicios, debe estar al día con todas las obligaciones con la Cooperativa.
BENEFICIOS:
Los beneficiarios de los asociados fallecidos del Plan Integral Básico recibirán el valor de $xxxxxx correspondiente al seguro de vida que otorga Fondo Mutual SUMAS – Servicio Exequial.
Los beneficiarios de los asociados fallecidos del Plan Especial recibirán el valor de $xxxx correspondiente al seguro de vida que otorga Fondo Mutual SUMAS – Servicio Exequial.
Cuando un asociado está contribuyendo al Fondo Mutual Sumas – Servicio Exequial y además se cuenta con otro plan funerario, al presentarse un fallecimiento y tomar el servicio con el plan diferente al ofrecido por el Fondo Mutual Sumas, se entregará un auxilio económico equivalente a un (1) SMMLV.
Cuando dos (2) o más familiares cuentan con la afiliación simultánea al Fondo Mutual Sumas – Servicio Exequial y su grupo familiar es coincidente, en caso de fallecimiento de uno de los miembros beneficiarios del plan, se entregará un auxilio económico equivalente a un (1) SMMLV al grupo familiar como compensación para los asociados que no tomaron el servicio del Fondo Mutual Suma
El Fondo Mutual SUMAS prestará los servicios funerarios ante el fallecimiento de cualquiera de las siguientes personas:
GRUPO FAMILIAR CASADOS:
- Afiliado Principal (Sin límite de edad para el ingreso y sin límite de permanencia).
- Cónyuge o compañero(a) permanente (Sin límite de edad para el ingreso y sin límite de permanencia).
- Hijos solteros sin hijos del Afiliado Principal (Menores de veintinueve (29) años y 365 días de edad para el ingreso y la permanencia).
- Hijos del Afiliado Principal con incapacidad total y permanente (Sin límite de edad de ingreso y sin límite de edad de permanencia).
- Hijos del Afiliado Principal que fallezcan en estado de gestación.
- Padres y/o Suegros del Afiliado Principal (Sin límite de edad para el ingreso y sin límite de permanencia) con cubrimiento de dos fallecimientos por vigencia.
GRUPO FAMILIAR SOLTEROS:
- Afiliado Principal (Sin límite de edad para el ingreso y sin límite de permanencia).
- Hermanos solteros sin hijos del Afiliado Principal (Menores de veintinueve (29) años y 365 días de edad para el ingreso y la permanencia).
- Hermanos del Afiliado Principal con incapacidad total y permanente (Sin límite de edad de ingreso y sin límite de edad de permanencia).
- Hermanos del Afiliado Principal que fallezcan en estado de gestación.
- Padres del Afiliado Principal (Sin límite de edad para el ingreso y sin límite de permanencia).
NOTA: Si el afiliado soltero reporta hijos, la conformación del grupo familiar corresponderá a los casados.
Los asociados que se vinculen a la organizacion estarán cubiertos a través del Fondo Mutual por el servicio exequial; y tendrán cobertura a partir del día 1° del mes siguiente por muerte accidental y a partir del día 1° del segundo mes por muerte natural.
SERVICIOS DEL FONDO MUTUAL SUMAS
Para tomar los servicios del Fondo Mutual SUMAS, en caso de fallecimiento la línea de Atención y orientación todo el año las 24 horas del día es a través de la Central de Información telefónica xxxxxx en Bogotá, xxxxxxxx a nivel nacional y #xxxx para operadores xxxxxx
DURANTE LA VELACIÓN:
- Salas de velación hasta por 24 horas excepto en el Departamento de Antioquia, donde el servicio de velación es hasta por 12 horas.
- Una ofrenda floral.
- Conjunto recordatorio (Libro de oración, Registro de asistencia y Denario).
- Servicios de cafetería (tinto, aromática y agua).
- Servicio de teléfono y fax local (en donde exista este servicio).
- Una serie de hasta seis (6) carteles.
EN EL CORTEJO:
- Cinta membreteada con el nombre del afiliado fallecido.
- Honras fúnebres o misa de exequias. Para los servicios prestados en la ciudad de Bogotá, el cubrimiento del monto máximo de la misa de exequias a cargo de COOPSREFUN corresponderá al fijado por la Diócesis que corresponda como arancel eclesiástico.
- Transporte público urbano local desde la sala de velación al sitio de exequias y destino final, para acompañantes, hasta 25 personas, en ciudades capitales y ciudades intermedias con más de 30.000 habitantes.
- Traslados en carroza al lugar de las honras fúnebres o misa de exequias y al sitio del destino final por vía transitable para vehículo funerario, siempre y cuando se encuentre dentro del mismo perímetro urbano del lugar de la velación.
DESTINO FINAL:
Las opciones para el destino final son las que a continuación se enuncian, salvo que se pacte lo contrario, las cuales son excluyentes entre sí:
NOTA: Los destinos finales señalados estarán sujetos a la disponibilidad y convenios que para el efecto tengan las funerarias adscritas a la Red Nacional
SERVICIOS ESPECIALES:
- Los servicios que se describen a continuación están sujetos a la disponibilidad de uso en las instalaciones y del personal correspondiente:
- Servicio Personalizado en Sala: Asesor o Coordinador de Protocolo encargado de atender necesidades durante la prestación del Servicio Exequial en las Sedes de Olivos (Palermo, Restrepo, Jardín Parque Cementerio Los Olivos) y Candelaria (Chico y San Diego), dispuesto a asesorar y orientar a la familia en el proceso de velación.
- Asistencia Médica en Sala: Mediante terceros especializados en el soporte de primeros auxilios básicos y traslado en ambulancia en caso de emergencia médica. En tal sentido no se contemplan personas profesionales dentro de la Sala permanentemente.
- Servicio de Velación Virtual: en el Jardín Parque Cementerio Los Olivos ubicado en el Km 1.7 vía Bogotá – Siberia, Municipio de Cota Cundinamarca.
SERVICIOS POST-EXEQUIALES:
- Misa colectiva del mes (donde exista este servicio).
- Misa colectiva de aniversario (donde exista este servicio).
- Asistencia a familiares en proceso de manejo de duelo donde exista este servicio.
NOTA: En caso de catástrofe natural, guerra interior, o exterior y/o muerte colectiva, xxxxxxx prestará hasta tres (3) servicios entre afiliado titular y beneficiarios, dando prioridad al afiliado principal o titular, en este caso PROTEGER no estará obligado a prestar el servicio de salas de velación.
PROCESO DE RECLAMACIÓN AUXILIO ECONÓMICO:
Cuando un asociado está contribuyendo al Fondo Mutual Sumas – Servicio Exequial y además se cuenta con otro plan funerario, al presentarse un fallecimiento y tomar el servicio con el plan diferente al ofrecido por el Fondo Mutual Sumas, se entregará un auxilio económico equivalente a un (1) SMMLV.
Los documentos que deben entregar en el momento de la reclamación son:
- Registro civil de defunción en ORIGINAL.
- Fotocopias de las cédulas del fallecido y reclamante.
- Factura ORIGINAL de gastos cancelados o Certificado ORIGINAL de servicios prestados por la otra entidad.
- Fotocopia documento que acredite parentesco:
- Si el familiar fallecido es el padre – madre: Fotocopia registro civil de nacimiento asociado.
- Si el familiar fallecido es el esposo (a): Fotocopia registro civil de matrimonio.
- Si el familiar fallecido es el compañero (a) permanente: Fotocopia de extrajuicio de convivencia con fecha de expedición inferior al fallecimiento.
- Si el familiar es suegro (a):
- Para asociados Casados: Fotocopia registro civil de nacimiento del esposo (a), y fotocopia acta de matrimonio y/o registro civil de matrimonio
- Para asociados con unión marital de hecho: Fotocopia registro de nacimiento del compañero (a) permanente, fotocopia del extrajuicio de convivencia con fecha de expedición inferior al fallecimiento del familiar.
NOTA: Los demás documentos de soporte serán especificados en el contrato y el plazo máximo para la presentación de estos será de 30 días calendario contados a partir del fallecimiento.
Si la persona que fallece es el titular del Plan Exequial, se otorgará el pago del SEGURO DE VIDA, el cual está incluido en el valor de la cuota mensual por concepto del Fondo Mutual.
PROCESO DE RECLAMACIÓN SEGURO DE VIDA:
- Carta de solicitud del seguro de vida por parte del Familiar Reclamante.
- Registro civil de defunción en ORIGINAL.
- Fotocopias de las cédulas del fallecido y reclamante.
- Extrajuicio en ORIGINAL por parte del reclamante.
- Dos extrajuicios en ORIGINAL de dos (2) testigos.
- Fotocopia de gastos cancelados o Certificado ORIGINAL de servicios prestados por la entidad.
NOTA: Se deben entregar estos documentos antes de cumplirse los primeros 30 días calendario después del fallecimiento.
Este beneficio es subsidiado por Coopcafam en su mayor parte y el único aporte que debe realizar nuestros asociados es de $xxxx mensuales.
Línea Asesoría y/o Tramites: +57 318 7317389.
Correo electrónico: protegerbuenaventuramtv@gmail.com
» Documentos para la reclamación de los amparos de Fondo Mutual VITAL